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Según la ley 1854, debía existir una Municipalidad en cada cabecera de Provincia, la que sería dirigida por tres Alcaldes y nueve Regidores bajo el mandato del Intendente y/o Gobernador, según correspondiera.
En conformidad a este régimen existió en los primeros años una sola Municipalidad, cuyo territorio jurisdiccional abarcaba toda la Provincia de Curicó, siendo su fecha de inicio el 22 de Diciembre de 1865, época en que el cargo de Alcalde era ocupado por Don Domingo Facundo Grez.
La Municipalidad o la llamada antigua Intendencia, nacía a fines del siglo diecinueve. Esta comenzó a edificarse hacia 1884 y fue terminada en 1888.
En el primer piso, funcionaba la Municipalidad, además se encontraban instaladas las oficinas de los dos juzgados, la Tesorería Municipal y la visitación de las escuelas.
Las oficinas de la Intendencia, se encontraban en el segundo piso, con vista a la Plaza de Armas y las habitaciones particulares del intendente, por el lado de Estado, al igual que las dependencias del Agua Potable y la Inspección de Tabaco y Alcoholes. En esos años la Municipalidad era el Centro Indiscutible de la ciudad, al igual que los Cabildos de Antaño.
Con la puesta en marcha de la Constitución Política de 1980, se establece que la Municipalidad pasará a ser constituida por el Alcalde y el Concejo de desarrollo Comunal se encontraba integrado por 12 miembros representativos del quehacer comunal.

La Municipalidad funciona en calle Estado 279, y sus principales atribuciones son:
Administrar los Bienes Municipales y Nacionales de uso público existentes en la comuna y que corresponden a este organismo.

– Dictar resoluciones de carácter general y particular.
– La elaboración, aprobación, modificación y ejecución de proyectos que contribuyen a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.
– Celebrar contratos con personas naturales o jurídicas de carácter privado para la ejecución de acciones.
– Celebrar convenios con otros órganos de la administración del estado.
De acuerdo al Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, estas son
corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comuna local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.