| La secretaría Comunal de Planificación depende directamente del Alcalde y su descripción de actividades es la siguiente:
Apoyo al Alcalde y al Concejo Municipal, en la definición de las políticas y en la elaboración, evaluación y coordinación de los planes, programas y proyectos de desarrollo comunal, en la ejecución de los Proyectos de Plan de Desarrollo comunal y de Presupuesto Municipal y de su armonización con los planes regionales y nacionales. Su desempeño compete todo lo referido a materias que afecten el desarrollo comunal para lo cual debe establecer vinculaciones de carácter técnico con el sector público y privado y apoyar la planificación financiera, territorial y social; proponiendo prioridades presupuestarias, elaborando, evaluando y postulando estudios, programas y proyectos y, coordinando su diseño y ejecución con todas las Direcciones Municipales. |